Roger Aruquipa Valencia
El artículo 168 de la constitución política del estado menciona que “el periodo de mandato de la Presidenta o del Presidente y de la Vicepresidenta o del Vicepresidente del Estado es de cinco años, y pueden ser reelectas o reelectos por una sola vez de manera continua.”
Sin embargo, el parágrafo II de la disposición transitoria de la Constitución menciona que “Los mandatos anteriores a la vigencia de esta Constitución serán tomados en cuenta a los efectos del cómputo de los nuevos períodos de funciones”.
Ante esta situación, el hecho de que el presidente Evo Morales lance la idea de su reelección para el 2014 obedece a una estrategia de campaña electoral anticipada, puesto que el debate de este tema en los medios de comunicación atrae más militantes para el partido de gobierno. Por otro lado hace que los representantes de los partidos de oposición revelen sus contradicciones y muestren a la gente lo divididos que están.